Los préstamos entre particulares, también conocidos como préstamos entre familiares, se han vuelto cada vez más populares en los últimos años como una forma alternativa de financiamiento sin la necesidad de utilizar préstamos bancarios. Estos préstamos pueden ser realizados entre familiares, entre amigos o entre personas físicas y empresas.
¿Qué son los préstamos entre particulares?
Los préstamos entre particulares son acuerdos mediante los cuales una persona presta dinero a otra sin la necesidad de la intervención de un banco o entidad financiera. Al utilizar este tipo de préstamos se puede acordar la devolución del dinero más un interés acordado o sin ningún interés. El prestamista puede ser una persona física o jurídica.
Estos préstamos son 100% legales y están regulados en España por la Ley 16/2014, del 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, aunque no se encuentran avalados por el Banco de España.
Un ejemplo muy habitual de préstamo entre particulares sin intereses se da cuando un padre presta dinero a su hijo en concepto de entrada para la compraventa de una casa.
Ventajas de los préstamos entre particulares
Una de las principales ventajas de este tipo de préstamos es la agilidad, ya que son más rápidos y sencillos de realizar que los préstamos bancarios, donde hay que pasar por un proceso de aprobación que a veces puede ser muy largo.
Otro punto clave son los bajos tipos de interés, que incluso pueden no tener ningún interés si así se acuerda. Además, son más accesibles para aquellas personas que tienen dificultades para lograr un préstamo bancario.
Cómo prestar dinero entre particulares
El procedimiento para prestar dinero entre particulares es bastante fácil.
- Redactar un contrato privado entre ambas partes
- Realizar la transferencia del dinero
- Declarar el Modelo 600 a Hacienda (en un plazo máximo de 30 días)
Contrato privado de préstamo entre particulares
Generalmente, cuando el préstamo es entre familiares o buenos amigos no se redacta ningún contrato privado, pero siempre es recomendable que cualquier préstamo de este tipo quede plasmado por escrito en un contrato privado para evitar problemas en el futuro o para poder demostrar ante Hacienda que se trata de un préstamo y no de una donación.
Al firmar un contrato privado, el prestamista podría reclamar judicialmente las cantidades que se deban o, por el contrario, para protegerte como prestatario, evitando que el prestamista solicite la devolución antes de tiempo.
El contrato privado lo puede redactar uno mismo y no es necesario firmarlo ante notario, pero es recomendable que contenga al menos la siguiente información:
Identificación de ambas partes
Incluir los nombres completos y los datos de contacto de ambas partes (prestamista y prestatario).
Fecha y lugar de firma
Indicar la fecha y lugar para poder acreditarlo, tanto a Hacienda como a terceros.
Importe del préstamo
Indicar la cantidad de dinero prestado y la moneda correspondiente (euros, dólares, etc).
Plazo de amortización y formas de devolución
Debe especificarse la duración del préstamo de manera real, en función de la edad del prestatario. Si por ejemplo es un préstamo de padre a hijo, pero el padre tiene 80 años y se establece un periodo de devolución de 20 años, puede ser extraño y que la Agencia Tributaria sospeche acerca de una donación encubierta.
Además, es recomendable indicar las formas de pago aceptadas para devolver el dinero (transferencias bancarias, efectivo, cheques, etc) y los plazos estipulados para la devolución (semanal, mensual, trimestral o anual).
Tipo de interés
Hay que documentar siempre en el contrato el tipo de interés aplicado, aunque sea a interés 0%. Hacienda siempre considera que los préstamos son retribuidos y al omitir el interés podría hacer tributar al prestamista aplicando el equivalente al interés legal del dinero.
Pago anticipado (opcional)
Se puede indicar la posibilidad de amortizar o cancelar de manera anticipada el préstamo.
Garantías o avales (opcional)
En general, estos préstamos son con garantía personal, mediante el cual el prestamista puede reclamar el embargo de los bienes presentes y futuros (saldo en cuentas, salario, etc) si no se pagan las cuotas.
Penalizaciones (opcional)
Se pueden incluir también cláusulas sobre penalizaciones en el caso de incumplimiento del préstamo, como por ejemplo impagos, retrasos en los pagos, amortizaciones anticipadas, etc.
Préstamos entre particulares y Hacienda
La Agencia Tributaria con el objetivo de luchar contra el intercambio ilegal de dinero o blanqueamiento establece un límite para hacer transferencias entre familiares o amigos que no podrá superar los 6.000 euros, si se supera esta cifra es necesario informar. Según la Ley 7/2012 de la normativa tributaria en España, el límite para transferir dinero sin declararlo se fija en 10.000 euros, aunque Hacienda podrá investigar los pagos a partir de 3.000 euros.
➤ Conoce los movimientos sospechosos para Hacienda
Aunque se puede hacer un préstamo entre particulares sin notificar a Hacienda, pero en el caso de requerimiento se considerará una donación y se exigirá el pago de Impuestos. Por este motivo, es recomendable presentar el Modelo 600 tras realizar el préstamo, antes de 30 días junto con el contrato privado firmado, ante la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma donde resida el prestatario. Este trámite debe hacerlo solamente quien recibe el dinero (prestatario).
Si no se registra durante estos 30 días se puede presentar más tarde pagando una multa de 100 euros (de forma voluntaria), pero si Hacienda es quien detecta que no se presentó e interviene, esta multa sería de 200 euros (Artículo 198. Ley 58/2003).
En general, este tipo de préstamos están exentos del pago de impuestos para ambas partes, excepto si se aplica un interés, ya que genera un beneficio (para el prestamista) que es considerado como rendimientos del capital mobiliario y tributan de la siguiente forma:
- Hasta 6.000 euros: 19%
- De 6.000 euros a 50.000 euros: 21%
- Desde 50.000 euros: 23%
Tampoco existe la obligación de pagar impuestos (para el prestatario), siempre y cuando, se declare a Hacienda para no ser considerado como una donación que sí tributaria mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si es una persona física o el Impuesto de Sociedades si es una persona jurídica.
Para evitar que las autoridades fiscales consideren que es una donación encubierta y no un préstamo, hay que demostrar que realmente lo es, pudiendo demostrar que se están cumpliendo los plazos de devolución o las cuotas acordadas mediante transferencias, cheques nominativos o mediante recibos firmados si se devuelve en efectivo.
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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Es legal un préstamo entre particulares sin intereses?
Si, son 100% legales y se pueden realizar con o sin intereses. En España se encuentran regulados por la Ley 16/2014, del 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
¿Qué es mejor un préstamo entre particulares o una donación?
Depende de la situación, los préstamos entre particulares pueden salir prácticamente gratis si no se aplica ningún tipo de interés y no hay que pagar impuestos por recibirlos, pero hay que devolver el préstamo para que no se considere una donación encubierta.
Ahora bien, hay que analizar cada caso, ya que dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se resida y del importe del dinero a prestar, puede ser más interesante realizar una donación o hacer un préstamo. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid las donaciones entre padres e hijos están bonificadas al 99% y tan solo habría que pagar un 1% de impuestos.
¿Es obligatorio realizar un contrato privado y declarar el préstamo ante Hacienda?
Obligatorio como tal no es, pero sí es recomendable rellenar un contrato privado entre las partes para evitar problemas futuros entre el prestamista y prestatario. Posteriormente, presentar el Modelo 600 ante Hacienda para que no sea considerado como una donación, ya que podrían hacer tributar por ello, además de la correspondiente sanción.
¿Cuál es la cantidad máxima para hacer un préstamo entre particulares?
No hay máximo, pero sí debe ser realista. Si se presta 1 millón de euros con 80 años para devolverlo en 30 años y quien recibe el dinero no tiene ninguna fuente de ingresos, puede hacer saltar las alarmas de la Agencia Tributaria y acabar con una inspección.
¿Hay que pagar impuestos al hacer un préstamo entre familiares o amigos?
La realización de un préstamo entre particulares no está exento del pago de impuestos para quien recibe el dinero (prestatario) y tampoco para quien presta el dinero (prestamista) siempre y cuando no se aplique ningún tipo de interés. En el caso de que el préstamo lleve interés, el prestamista debería declarar estas ganancias y tributar por ellas como rendimientos del capital mobiliario.
No hay máximo, pero sí debe ser realista. Si se presta 1 millón de euros con 80 años para devolverlo en 30 años y quien recibe el dinero no tiene ninguna fuente de ingresos, puede hacer saltar las alarmas de la Agencia Tributaria y acabar con una inspección.
¿Debo firmar el préstamo entre particulares ante notario?
Realmente no es necesario, aunque sí se puede hacer.
¿Qué ocurre si alguna de las partes muere?
En el caso de que alguna de las partes fallezca, el préstamo no se anula, sino que pasa a los herederos siempre que los herederos acepten la herencia.
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