Una Sociedad Anónima (SA) es un tipo de organización empresarial en la que los socios o accionistas tienen responsabilidad limitada por las deudas de la empresa. Esto significa que si la empresa incumple sus deudas, los accionistas solo están obligados a pagar hasta el capital que hayan aportado, y no su patrimonio personal.
En una SA, el capital social está dividido en acciones, las cuales pueden ser libremente negociadas en el mercado, lo que permite que el capital de la empresa sea fácilmente aumentado o reducido. La SA tiene un capital mínimo requerido de 60.000 euros en España, y suelen tener un mínimo de 5 accionistas.
La SA es una forma común de organización empresarial en España y otros países de Europa, y es utilizada tanto por pequeñas y medianas empresas como por grandes empresas.
Requisitos:
- Capital social: El capital social mínimo requerido es 60.000 €, pero se puede establecer un capital social mayor. El capital social debe estar completamente suscrito y desembolsado, al menos el 25% del capital social debe estar desembolsado al momento de la constitución.
- Accionistas: Un mínimo de cinco accionistas y no tiene límite máximo.
- Escritura pública: Se debe redactar una escritura pública en la que se establecen los estatutos de la sociedad, el capital social, la distribución de las acciones, etc.
- Inscripción en el Registro Mercantil: Una vez redactada la escritura pública, se debe inscribir la sociedad en el Registro Mercantil correspondiente.
- Nombre comercial: Es necesario elegir un nombre comercial para la sociedad, el cual debe ser único y no debe confundirse con otras sociedades existentes.
- Impuestos: Es necesario pagar los impuestos correspondientes como el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Certificado digital: Es necesario obtener un certificado digital, para poder realizar trámites electrónicos.
- Consejo de Administración: Es obligatorio tener un Consejo de Administración compuesto por al menos tres miembros, y su nombramiento debe ser ratificado en la Asamblea General de Accionistas.
- Auditor: Es obligatorio contar con un auditor independiente que revise las cuentas de la sociedad.
- Libros contables: Es obligatorio llevar libros contables que reflejen la situación económica y financiera de la sociedad.
- Informes: Es obligatorio presentar informes anuales a la Asamblea General de Accionistas y al Registro Mercantil.
Ventajas frente a una Sociedad Limitada
- Mayor flexibilidad en la gestión: La SA tiene una estructura organizativa más compleja que la SL, lo que permite una mayor flexibilidad en la gestión de la empresa.
- Mayor facilidad para obtener financiamiento: Las SA tienen un mayor acceso al mercado de capitales, lo que las convierte en una opción atractiva para obtener financiamiento a través de la emisión de acciones.
- Mayor estabilidad: La SA tiene una mayor estabilidad debido a su capital social elevado y a la diversidad de accionistas.
- Mayor capacidad para realizar operaciones con terceros: La SA tiene una mayor capacidad para realizar operaciones con terceros, ya que su estructura organizativa es más compleja y permite una mayor flexibilidad.
En general, una SA es más adecuada para empresas grandes o con un gran potencial de crecimiento, mientras que una SL es más adecuada para empresas pequeñas o con un potencial de crecimiento limitado.